En esta entrada del blog, os damos algunas pautas para comprender mejor los distintos tipos de factura y en qué casos podremos utilizar cada uno de ellos. Concretamente, nos centramos en las facturas simplificadas y las facturas completas, sus diferencias y cuando podemos utilizar cada una.

En primer lugar, nos gustaría hacer una diferenciación entre las facturas simplificadas y las facturas completas. Si bien, ambas son documentos contables legales y sirven para deducir gastos de una empresa, en el caso de las facturas simplificadas no es mandatorio que aparezcan los datos fiscales del receptor, mientras que los del emisor sí son de carácter obligatorio. Esto quiere decir que, a la hora de emitir facturas simplificadas, deberás indicar la documentación fiscal de tu empresa, las líneas de artículos que se venden con el porcentaje de IVA desglosado y el monto total a cobrar.

¿Qué estipula la Agencia Tributaria sobre este tipo de facturas?

La Agencia Tributaria estipula que, por norma general, las facturas simplificadas no pueden superar los 400€ con IVA incluido. No obstante, hay varias excepciones dentro de esta regla, que comprenden la mayoría de las ventas dentro de la óptica. En concreto, aquellas ventas al por menor de bienes cuyo destinatario no actúe como empresa, lo que, por norma general, engloba el mayor porcentaje de ventas en óptica. Si quieres saber más acerca de las excepciones, puedes chequear este enlace a la página oficial de la Agencia Tributaria: Tipos de facturas

Por ende, en el resto de casos, estaremos obligados a emitir una factura completa. Te recomendamos, leer detenidamente el enlace anterior para que veas también aquellos casos en los que no está permitido emitir facturas simplificadas aunque el importe no supere los 400€. Como, por ejemplo, en el caso de las entregas intracomunitarias o las operaciones que precisan inversión del sujeto pasivo. ¡Por cierto! Estos casos también están contemplados y se pueden realizar de forma totalmente automática en Gesvision.

¿Cómo puedo pasar de factura simplificada a factura completa?

En aquellos casos en los que necesitemos trasformar una factura simplificada en una factura completa, es obligatorio anular nuestra factura simplificada y emitir una factura completa. Nunca eliminarla, ya que esto produciría un salto en la numeración de las facturas que, obligatoriamente, debe llevar una numeración consecutiva. En Gesvision ahorrarás mucho tiempo, ya que no precisas realizar una factura rectificativa de forma manual. El sistema, automáticamente, genera la anulación de la factura y realiza una copia en el formato de una factura completa.

Recuerda también que, si rectificas una factura que has entregado a tu cliente, deberás hacerle llegar la factura rectificativa y la nueva factura emitida. De este modo, se evitarán errores a la hora de presentar los documentos por ambas partes.